¿Cómo impugnar multas de tránsito en Costa Rica?
Recibir una multa de tránsito nunca es agradable, especialmente si consideras que fue injusta o cometieron un error. En Costa Rica, los conductores tienen derecho a impugnar o apelar una multa de tránsito, siempre que lo hagan dentro del plazo establecido y sigan el procedimiento correcto. Aquí te explicamos cómo hacerlo paso a paso, cuándo caducan las multas, y dónde pagarlas si decides no apelar.
¿Qué significa impugnar una multa de tránsito?
Impugnar una multa significa presentar una apelación o reclamo formal ante la Dirección General de Tránsito (COSEVI) para que se revise el caso.
Esto se hace cuando el conductor no está de acuerdo con la infracción, considera que hubo un error o existen pruebas que demuestran su inocencia.
Por ejemplo:
- No ibas conduciendo el vehículo en ese momento.
- El parte contiene errores (placa incorrecta, fecha, hora o lugar equivocado).
- No se te notificó correctamente la infracción.
¿Cómo apelar una multa de tránsito en línea en Costa Rica?
El proceso para impugnar una multa es gratuito y puede hacerse en línea o de forma presencial. A continuación, te explicamos cómo hacerlo en línea, que es la opción más rápida y práctica.
🔹 Paso 1: Ingresar al sitio del COSEVI
Ve a la página oficial del Consejo de Seguridad Vial (COSEVI): https://www.csv.go.cr/pago-en-linea
🔹 Paso 2: Consultar la multa
En el menú principal selecciona “Consulta de multas” e ingresa el número de placa o tu número de cédula.
Verás los detalles de la infracción, monto y estado del parte.
🔹 Paso 3: Presentar la apelación
Dentro del sitio, dirígete a la opción “Impugnaciones” o “Presentar recurso de apelación”.
Debes llenar un formulario digital con tus datos y una explicación del motivo de tu apelación.
También puedes adjuntar pruebas (fotos, videos o documentos) que respalden tu reclamo.
🔹 Paso 4: Esperar la resolución
El COSEVI analizará tu caso y te notificará la decisión por correo electrónico o por medio del portal.
En algunos casos, pueden solicitarte presentarte en una audiencia.
¿Cuándo caducan las multas de tránsito en Costa Rica?
Las multas de tránsito prescriben a los 4 años contados desde la fecha en que se impuso la infracción, si no se ha iniciado un proceso de cobro judicial o no se ha realizado ningún pago parcial.
Sin embargo:
- Si la multa entra en proceso de cobro judicial, el plazo se suspende.
- Si haces un pago parcial o firmas un arreglo de pago, el conteo se reinicia.
Por eso es importante revisar periódicamente tus infracciones en la web del COSEVI o en el Banco de Costa Rica (BCR) antes de renovar el marchamo.
¿Dónde puedo pagar una multa de tránsito en Costa Rica?
Si decides no impugnar o ya te rechazaron la apelación, puedes pagar tu multa en varios lugares autorizados:
🔹 En bancos
- Banco de Costa Rica (BCR)
- Banco Nacional de Costa Rica (BNCR)
- Banco Popular
- BAC Credomatic
🔹 En línea
También puedes pagar desde casa mediante:
- BCR en Línea o BN Móvil
- SUGESE (https://www.csv.go.cr) → opción “Pagar infracciones”
- Aplicaciones bancarias autorizadas
💡 Recuerda que si pagas dentro de los primeros 10 días hábiles, recibís un 15% de descuento sobre el monto total.
Consejos para evitar problemas con tus multas
- Revisa periódicamente tus infracciones en la página del COSEVI.
- Guarda copia del comprobante de pago o apelación.
- No esperes al marchamo, ya que las multas pendientes pueden bloquear su emisión.
- Actualiza tus datos en el Registro Nacional para recibir notificaciones correctamente.
Impugnar una multa de tránsito en Costa Rica es un derecho que todo conductor puede ejercer. Solo necesitas hacerlo dentro del plazo de 10 días hábiles, presentar tus pruebas y seguir los pasos indicados por el COSEVI. Si la multa es válida, siempre podrás pagarla con descuento en los primeros días. Lo importante es no dejar pasar el tiempo, ya que una infracción impaga puede generar intereses o afectar el marchamo.





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